Leyes SOPA y PIPA: dinero, control y poder

¿Qué es lo que se encuentra verdaderamente en juego detrás de la voluntad de imponer unas leyes como SOPA y PIPA? ¿Por qué tanto alboroto? Tomémonos un momento para analizar y reflexionar sobre esto. Comencemos primero por ver que significan estas siglas que en español hasta gracia nos podría dar. Pues bien, SOPA (Stop Online Piracy Act) es la ley de prohibición de la piratería en línea, mientras que PIPA (Protect Intellectual Property Act) es la ley de propiedad intelectual. Las intenciones de estas leyes serían, a primera vista, la eliminación de la piratería online de películas, música, libros y demás obras o productos culturales protegidos por la propiedad intelectual y los derechos de autor, a través del otorgamiento de facultades casi extraordinarias al Gobierno. Otro punto fuertemente cuestionado es la extensión de la cadena de responsabilidad de dichas obras desperdigadas por la red. De esta forma, cualquier usuario que comparta, aunque sea un link de descarga, sería responsable por aquello que “ilegalmente” estaría compartiendo o “traficando”. Dicho de otra manera y en pocas palabras, la ley SOPA buscaría eliminar toda posibilidad, o al menos esa es su intención, de intercambio de bienes culturales online que no pasen a través de una caja registradora.

Identifiquemos ahora los extremos del debate y la discusión. En un extremo tenemos al Gobierno de los Estados Unidos representado por su congreso en el cual fueron propuestas estas leyes para su debate. En el otro extremo tenemos a los usuarios que utilizan internet, comparten links y descargan archivos de diversa índole. Y en el medio podemos encontrar, por un lado, las grandes compañías que se dedican a producir y distribuir contenidos, tales como la industria cinematográfica, la industria musical, la industria editorial, etc. Por otro lado están los web hostings, grandes sitios en los que se depositan, como en grandes almacenes, productos culturales para ser compartidos por los usuarios. A su vez están también los buscadores como mediadores entre los contenidos y los usuarios. Y tenemos también, porque no, al “artista” o autor que produjo dichos bienes culturales. Resumiendo, las partes en cuestión son: Gobierno, Usuarios, Industrias, Web hostings, buscadores, y “autores”.

Una vez identificadas las partes involucradas veamos cuales son los temas en cuestión. En primer lugar, los derechos de autor, muy válidos por cierto. Luego, los derechos de los usuarios a consumir, en sentido amplio, los bienes culturales que estén a su alcance de manera libre y responsable. Después, los derechos de las grandes industrias a producir, distribuir y comercializar sus productos culturales percibiendo una ganancia o rédito económico por ello. También, el derecho de los web hostings a alojar contenidos de sus usuarios y el derecho de los buscadores a mediar entre dichos contenidos y los usuarios. Finalmente la obligación del Estado de asegurar todos estos derechos independientemente de factores políticos y económicos.

Entonces, la cuestión o problema sería que las grandes industrias acusan a la red en general, y a los web hostings en particular, de posibilitar, facilitar e incentivar el “tráfico” de bienes culturales generando pérdidas económicas importantes para ellos y para los autores de dichos contenidos. Los web hostings y los buscadores alegan que ellos son meramente medios para que los usuarios compartan sus contenidos sin controlar de quien...
...es la propiedad intelectual de dichos contenidos. Los usuarios quieren continuar compartiendo libremente contenidos, subiendo y descargando archivos sin ningún costo ni beneficio económico. Y el Estado, como siempre lo ha sido, quiere controlar un ámbito que hasta ahora y por ahora, se le escapa un poco de las manos. Decimos un poco para no ser ingenuos ya que control existe pero la internet aun mantiene cierta anarquía dada por su multiplicidad y su capacidad de reproducción de bienes culturales a la que estas leyes quieren restringir.

Si nos preguntáramos, ¿Quién se beneficia con este tipo de leyes? La respuesta natural dada por la experiencia sería, seguro que NO el autor de los contenidos. Tampoco el usuario sino que, al contrario, sería perseguido con todo el peso de la ley. ¿Serían acaso los web hostings y los buscadores? Evidentemente tampoco. ¿Y las grandes industrias? Por supuesto que SÍ. Las grandes industrias y el Estado se beneficiarían. Las primeras desde el punto de vista económico, y el segundo a través del control de los contenidos y de las actividades en la red.

Finalmente podemos reducir entonces claramente la cuestión a una disputa económica y de poder. Los centros económicos quieren ganar más de lo que ganan en perjuicio de autores y usuarios, mientras que el Estado quiere ganar terreno en el control u “observación preventiva”, el bloqueo de contenidos y la censura de información. Lo que está en juego es entonces la libertad en primer lugar y no la propiedad como nos lo quieren hacer ver. No la libertad anárquica fuera de toda norma sino la libertad de compartir y de moverse, en este caso en la red, más allá de lo económico. Con este mismo criterio de prohibición de compartir ideas, datos y archivos deberían cerrarse todas las bibliotecas públicas porque atentarían contra los derechos de autor. Deberían cerrarse los colegios, ya que allí se comparten contenidos. Es ridículo.

En fin, animémonos a pensar, a buscar causas y a vislumbrar consecuencias. No dejemos que nos impongan maneras de pensar. Expresemos nuestras ideas libremente debatiéndolas con los demás. El verdadero autor, el verdadero artista, el verdadero pensador y el verdadero científico, es aquel que, una vez que ha traído algo nuevo al mundo lo comparte con la mayor cantidad de gente que pueda sintiéndose orgulloso de su obra a la vez que sabiendo que ya no es de él sino de la humanidad.

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